martes, 22 de mayo de 2012

"LA CORTE SUPREMA NO REVOCA LA CAUTELAR DEL GRUPO CLARIN, QUE QUEDA VIGENTE HASTA DICIEMBRE"

El Dr. José Miguel Onaindia, abogado constitucionalista, dialogó en vivo con Sumas y Restas sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia que habilita el artículo 161 de la ley de medios,  que obliga a la desinversión a aquellas empresas periodísticas en situación monopólica. El fallo afecta directamente al Grupo Clarín, que había interpuesto la medida cautelar sobre la que hoy falló la Corte.

 “El fallo, como todo fallo de la Corte, tiene importancia por la decisión, pero no es en el marco de una causa donde se debata la cuestión definitiva, sino que es en el marco de una medida precautoria" dijo Onaindia. Y aclaró que "de acuerdo a las fechas que planteaba la ley, había un año para la medida cautelar, que ahora se prorroga por decisión judicial a diciembre de 2012, y recién allí, si no hay otra decisión judicial, va a regir plenamente este artículo. La Corte no revoca la cautelar, sino que la deja vigente hasta diciembre"

Según el abogado, como el fallo es solamente sobre esta medida precautoria "no se puede definir cuál es la posición de fondo de la Corte, que ahora va a tener que revisar todo con mayor profundidad." En tal sentido recordó que "el grave conflicto de esta ley era la afectación de derechos adquiridos". Y aunque consideró que "la desconcentración de medios es una buena política" esto debe aplicarse "respetando esos derechos."

Por último sostuvo que la ley, sancionada en 2009, no parece "una norma destinada a regular una actividad" sino "una norma dictada para un grupo determinado", en alusión al Grupo Clarín.

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